TCG

Términos y Condiciones Generales

1. Ámbito de aplicación y proveedor

(1) Los presentes Términos y Condiciones Generales se aplican a los contratos entre el intérprete/ traductor/ lector/ productor de textos (en adelante llamado «Proveedor») y su Autoridad contratante, salvo que otra cosa es acordada expresamente o prescrita indispensablemente por ley.

(2) Términos y Condiciones Generales de la Autoridad contratante sólo son vinculantes para el Proveedor si éste las ha aceptado expresamente por escrito.

(3) Proveedor: Friederike Falb, Translations Texts Spanish English German, c/o BITS – Bühler Innovations- und TechnologieStartUps GmbH, Am Froschbächle 21,77815 Bühl, Alemania; falb[at]translations-texts.de; +49 (0)1573 3326680; www.translations-texts.de.

2. Volumen de servicio

(1) Cada encargo se ejecutará cuidadosamente, de acuerdo con los principios de la práctica profesional adecuada, según nuestro leal saber y entender. Sin embargo, el Proveedor no puede garantizar un trabajo completamente libre de errores. La Autoridad contratante recibe la edición del servicio acordada por contrato.

(2) En caso de falta de claridad en la fase previa de un servicio de interpretación o en el texto original, el Proveedor se reserva el derecho de pedir informatción aclaratoria de la Autoridad contratante. Sin embargo, en tal caso, tiene derecho a elaborar un servicio según su leal saber y entender a base del significado a entender.

3. Conclusión del contrato

(1) La Autoridad contratante puede enviar una solicitud al Proveedor por e-mail, teléfono o correo. A continuación, el Proveedor presenta una oferta al la Autoridad contratante. El contrato se perfeccionará cuando la Autoridad Contratante acepta esta oferta por e-mail, teléfono o correo. No obstante, si surgen problemas debido a contratos acordados sólo por teléfono o de otra manera informal, éstos correrán a cargo de la Autoridad contratante.

(2) El Proveedor se reserva el derecho de rechazar o cancelar la ejecución de un encargo en casos individuales, si se comunican contenidos sancionables o ilegales, contenidos sean contrarios a las buenas costumbres o la ejecución del pedido no es razonable debido a otras circunstancias especiales. En este caso, no existen reclamaciones de indemnización entre el Proveedor y la Autoridad contratante.

4. Obligación de cooperación y aclaración de la Autoridad contratante

(1) La Autoridad contratante debe informar al Proveedor con la debida antelación sobre las formas deseadas de ejecución del encargo (uso previsto, informaciones sobre la empresa, entrega en soportes de datos, número de ejemplares, disposición para la impresión, forma externa del servicio, formatos etc.). Si el trabajo está destinado a la impresión, la Autoridad contratante entrega al Proveedor una prueba de galera con la debida antelación antes de la preprensa para que el Proveedor pueda corregir eventuales errores. Nombres y números deben ser comprobados por la Autoridad contratante.

(2) Las informaciones y los documentos necesarios para la realización del servicio, la Autoridad contratante pone a disposición del Proveedor en el momento de la concesión del encargo (terminología de la Autoridad contratante, ilustraciones, dibujos, tablas, abreviaturas, términos internos etc.). Errores y retrasos derivados de la falta de o la demora en la entrega de estas informaciones y documentaciones no corren a cargo del Proveedor.

(3) La Autoridad contratante asume la responsabilidad por los derechos de explotación de un texto y asegura que éste puede ser procesado. Libera al Proveedor de derechos de autor o personal de terceros.

5. Derechos de la Autoridad contratante en caso de defectos

(1) Si la Autoridad contratante se queja de un defecto objetivamente existente y no insignificante en la prestación escrita, la Autoridad contratante tiene derecho a que el Proveedor subsane los defectos contenidos en la prestación escrita (cumplimiento posterior). Este cumplimiento posterior debe ser reclamado por la Autoridad contratante contra el Proveedor indicando la naturaleza exacta del defecto alegado por escrito y sin demora tras su descubrimiento. Para el cumplimiento posterior, la Autoridad contratante debe conceder als Proveedor un plazo razonable.

(2) Se excluye el derecho al cumplimiento posterior si el Proveedor no ha recibido la notificación del defecto dentro de los 14 días siguientes a la entrega del pedido escrito completado a la Autoridad contratante. En este caso, la prestación se considera aceptada (§ 640 BGB, Código Civil de Alemania). Los derechos de garantía legales de las Autoridades contratantes que no son empresarios, permanecen inafectados.

(3) Si el Proveedor no subsana los defectos alegados dentro de un plazo razonable o si se niega a subsanar los defectos o si se considera que la subsanación de los defectos ha fracasado, la Autoridad contratante puede, tras la audición del Proveedor, dejar subsanar los defectos por otro proveedor a costa del Proveedor original o, a su elección, exigir la reducción de la remuneración o rescindir el contrato.

6. Responsabilidad legal

(1) El Proveedor sólo es responsable en caso de su propia infracción de obligaciones gravemente negligente o intencionada por un importe razonable (máximo importe del encargo). Los daños causados por averías de computadores y perturbaciones de la transmisión durante el envío de e-mails o durante las videoconferencias, o por virus, no deben calificarse de negligencia grave. El Proveedor tomará precauciones contra esto mediante un software antivirus. La responsabilidad en caso de negligencia leve propia se aplica exclusivamente en caso de violación de las obligaciones contractuales esenciales.

(2) Una responsabilidad del Proveedor por daño o pérdida de materiales entregados por la Autoridad contratante queda excluida. La Autoridad contratante tiene que ocuparse de un almacenamiento suficiente de sus datos.

(3) El importe máximo de las reclamaciones de defectos no puede superar el importe del valor del encargo respectivo.

(4) La exclusión o limitación de la responsabilidad según el nº 6 (1) y (3) no se aplica a los daños de un consumidor que resulten de una lesión a la vida, al cuerpo o a la salud.

7. Secreto profesional

El proveedor está sujeto a un estricto secreto profesional obligado. Se compromete a guardar silencio sobre todos los hechos que vaya conociendo en relación con una actividad para la Autoridad contratante. Esta obligación también se aplica tras la finalización de la relación contractual.

8. Cooperación de terceros

(1) El proveedor tiene derecho a recurrir a empleados o a expertos terceros para la realización del encargo.

(2) En caso del empleo de expertos terceros, el Proveedor debe asegurarse de que éstos se comprometan a mantener la confidencialidad de acuerdo con el nº 7.

9. Remuneración

(1) Las facturas del Proveedor son vencidas y pagaderas sin deducción por transferencia bancaria dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la factura.

(2) Además del honorario acordado, el Proveedor tiene derecho al reembolso de los gastos realmente acumulados y acordados con la Autoridad contratante. En el caso de servicios extensos, el Proveedor puede exigir un anticipo adecuado de su remuneración.

10. Uso previsto, reserva de la propiedad y derechos de autor

(1) Los servicios de interpretación están destinados exclusivamente a la audiencia inmediata. La grabación sólo está permitida después de un acuerdo separado y con el consentimiento del Proveedor. En este caso se aplica un honorario adicional a acordar por separado.

(2) El trabajo escrito encargado sigue siendo propiedad del Proveedor hasta la remuneración completa.

(3) En caso de traducciones, el Proveedor se reserva los derechos de autor que puedan surgir.

(4) En caso de las producciones de texto, el Proveedor tiene los derechos de autor.

11. Derecho de desistimiento, anulación

(1) En la medida en que la realización del encargo se basa en el hecho de que el Proveedor ha ofrecido la prestación de servicios en Internet, la Autoridad contratante renuncia a su posible derecho de revocación existente en el caso de que el Proveedor haya comenzado a trabajar y se lo haya comunicado a la Autoridad contratante.

(2) Si el trabajo se encarga y se cancela posteriormente, la Autoridad contratante debe pagar al Proveedor una suma correspondiente al trabajo realizado hasta la fecha.

12. Legislación aplicable

(1) El derecho Alemán se aplica al encargo y a todas las reclamaciones derivadas del mismo.

(2) La lengua contractual es el Alemán.

13. Cláusula de salvedad

La validez de los presentes Términos y Condiciones Generales no se es afectada por la invalidez o ineficacia de algunas de sus disposiciones. La disposición inválida debe de ser sustituida por una disposición válida que se acerque lo más posible al resultado económico o a la finalidad prevista.

14. Modificaciones y adiciones

Modificaciones y adiciones des los complementos de los presentes Términos y Condiciones Generales sólo son válidas, si se han acordado por escrito. Esto también se aplica a la modificación del requisito de la forma escrita en sí.